Gobierno permite la importación de gas natural y GNL para uso propio
El Gobierno boliviano ha emitido el Decreto Supremo 5755, que permite la importación excepcional de gas natural y gas natural licuado (GNL) con el objetivo de que los usuarios lo destinen exclusivamente a su consumo propio.
Esta normativa establece que los productos importados no podrán ser revendidos ni comercializados a otras entidades o personas, marcando una clara diferencia entre esta autorización y las licencias para la comercialización de gas en el mercado interno.
La disposición representa una opción viable de abastecimiento para aquellos que necesiten gas natural o GNL para sus operaciones, siempre que cumplan con los procedimientos y condiciones vigentes en la normativa.
Condiciones de importación
Es fundamental recordar que la prohibición de reventa implica que quienes importen estos productos no tienen derecho a distribuirlos a otros usuarios. Por lo tanto, la autorización está restringida únicamente al consumo interno de los importadores.
Los detalles sobre los requisitos, las autorizaciones y los mecanismos de control necesarios se especificarán en el decreto y su reglamentación, lo que será clave para determinar quiénes tienen la posibilidad de beneficiarse de esta medida.