Lara asume la presidencia interina y critica decreto sobre gobernanza a distancia
Este lunes, el vicepresidente Edmand Lara anunció que asumirá la presidencia interina del país debido a la ausencia temporal de Rodrigo Paz, quien se encuentra en Estados Unidos para participar en la Asamblea General de Naciones Unidas. Lara argumentó su decisión en el artículo 169 de la Constitución Política del Estado (CPE), asegurando que esta norma prevalece sobre el Decreto Supremo 5515.
Lara afirmó ante los medios que "en ausencia del presidente, mi persona asume la suplencia legal". Su decisión fue respaldada tras consultar con el equipo jurídico de la Vicepresidencia, que le recomendó invocar el mencionado artículo, el cual estipula que la Vicepresidencia se encarga de la presidencia por un período máximo de 90 días en caso de ausencia temporal del mandatario.
Esta decisión de Lara se contrapone con el Decreto Supremo 5515, que fue aprobado en diciembre de 2025 y que permite al presidente ejercer sus funciones desde el extranjero utilizando tecnología. Lara subrayó que, aunque la tecnología puede facilitar la comunicación, "no puede estar por encima de la Constitución".
La duración de la presidencia interina de Lara será breve, ya que anunció que este martes viajará a Paraguay para firmar un memorándum de entendimiento y reunirse con autoridades locales. Por lo tanto, dejará la dirección del Ejecutivo al presidente del Senado, Gustavo Ávila, reafirmando su interpretación de la Constitución respecto a la sucesión en caso de ausencia del vicepresidente.
Este tema reabre el debate jurídico sobre la aplicación del artículo 169 frente al Decreto Supremo 5515. Cabe recordar que una Sentencia Constitucional Plurinacional, la 0113/2024, ya había establecido que durante la ausencia temporal del presidente, el vicepresidente debe asumir la presidencia interina y puede ejercer las atribuciones de ambos cargos de forma simultánea.