Aprobada ley para pasajes aéreos solidarios para pacientes críticos y con cáncer
El 20 de octubre de 2026, el presidente Rodrigo Paz promulgó la Ley N.º 1780, la cual asegura que pacientes con cáncer, enfermedades terminales o en condiciones críticas puedan acceder a pasajes aéreos solidarios, tanto nacionales como internacionales, para recibir tratamiento médico en otras ciudades.
Esta normativa garantiza que los pacientes que necesiten viajar tendrán el respaldo de un certificado emitido por la autoridad de salud correspondiente. Además, se autoriza la presencia de un acompañante, y en el caso de menores de edad, se permitirán hasta dos acompañantes.
Con el objetivo de facilitar el traslado, la ley estipula que las aerolíneas, tanto públicas como privadas, deberán reservar los asientos requeridos para los pacientes y sus acompañantes, según sus necesidades médicas específicas.
Las aerolíneas también están obligadas a ofrecer condiciones adecuadas para un viaje seguro y cómodo, además de emitir los boletos con suficiente anticipación a la fecha de la atención médica, evitando así la negativa injustificada en la emisión de los pasajes.
Para acceder a estos pasajes solidarios, los pacientes deben presentar un certificado médico, ya sea físico o digital, que sea emitido por hospitales acreditados. La verificación de este documento debe ser rápida y sin requisitos excesivos.
Además, la ley ofrece incentivos fiscales a las aerolíneas que proporcionen estos pasajes, permitiendo que el costo de los boletos sea considerado como un gasto deducible para el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas, aunque los beneficiarios tendrán que pagar impuestos aplicables, como el ISAE.
Las compañías aéreas que no cumplan con las disposiciones de la ley enfrentarán sanciones por parte de las autoridades competentes. Asimismo, los casos de fraude en la emisión de certificados médicos serán reportados al Ministerio Público para iniciar los procedimientos legales correspondientes.
Finalmente, se establece un plazo de 30 días desde la publicación de la ley para que el Ministerio de Obras Públicas, en coordinación con el Ministerio de Salud, desarrolle la normativa necesaria para su correcta implementación.